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Bragado, Buenos Aires   
Política  Lunes 05 de Septiembre del 2016 - 16:11 hs.                3190
  Política   05.09.2016 - 16:11   
El Concejal Emmanuel Aramendi presento un proyecto para la creación del Registro Único de Músicos Bragadenses
Con el objetivo de brindar el asesoramiento y la asistencia para el acceso a programas de capacitación, subsidios, créditos, la participación en espectáculos públicos y privados y el goce de todos los estímulos previstos en la nueva ley
El Concejal Emmanuel Aramendi presento un proyecto para la creación del Registro Único de Músicos Bragadenses

 En virtud la sanción de la Ley de la Música N° 26.801, que como objetivo principal tiene el fomento de la actividad musical, creando el Instituto Nacional la Música que se encuentra abocado a la promoción, el fomento y el estímulo de la actividad musical en todo el país, propiciando a los músicos el conocimiento de la propiedad intelectual, su formación y el perfeccionamiento en todas sus expresiones y especialidades.


También, recientemente en Bragado se ha creado la Asociación de Músicos de Bragado (AMUB) que en coincidencia con la creación del INAMU, tiene entre sus objetivos sociales promover, fomentar y estimular la actividad musical en todo el Partido de Bragado en el marco de la Ley N° 26801, y también coordinar y desarrollar tareas en conjunto con entidades que propendan los mismos fines tales como el Instituto Nacional (INAMU), el Estado en sus tres niveles, el sector privado y las ONGs.


En este contexto, a nivel local el Bloque Frente Justicialista por Bragado ha presentado una iniciativa para acompañar desde el Municipio a los Músicos y Agrupaciones Musicales de Bragado mediante la creación de un Registro Único siendo este un Registro de carácter Público y Local para la promoción y el fomento de la música Bragadense, con el objetivo de brindar el asesoramiento y la asistencia para el acceso a programas de capacitación, subsidios, créditos, la participación en espectáculos públicos y privados y el goce de todos los estímulos previstos en la citada Ley.

Creemos que es una función del Estado impulsar una Política Cultural en forma directa, difundiendo y promoviendo todos los derechos y también coordinar y articular acciones conjuntas con el Instituto de la Música para actualizar el Registro Único Nacional y viceversa.
>>Texto del Proyecto:
PROYECTO DE ORDENANZA “REGISTRO ÚNICO DE MUSICXS Y AGRUPACIONES MUSICALES BRAGADENSES”

VISTO:

Que el Senado y la Cámara de Diputados de la Nación sancionaron la creación del Instituto Nacional de la Música (Ley Nº 26.801), y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 26.801 fue sancionada el 28 de noviembre de 2012, promulgada el 8 de enero de 2013 y publicada en el Boletín Oficial el 11 de enero de 2013;

Que el Instituto Nacional de la Música (INAMU) es un ente público no estatal que se dedicará a relevar la actividad de todos los intérpretes y a desarrollar políticas y acciones concretas de fomento;

Que el objetivo fundamental de la Ley Nº 26.801 es el fomento de la actividad musical en general y la nacional en particular;

Que el INAMU actuará en el ámbito de la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación o autoridad pertinente, para estimular, apoyar, preservar y difundir la actividad musical en todo el territorio de la República Argentina;

Que a través del INAMU se protegerá la música en vivo "coordinando y fomentando los establecimientos con acceso al público donde se realice habitualmente actividad musical, en especial los centros culturales, clubes de música, bares culturales, auditorios, peñas, festivales, festividades tradicionales, y espacios no convencionales de música de nuestro país" (Artículo 6º inciso b));

Que es indispensable crear, mantener y actualizar el Registro Único de Músicxs y Agrupaciones Musicales Nacionales, que promueve la citada Ley;

Que una vez puesto en marcha el INAMU, se crearán las filiales correspondientes en todo el país;

Que el 2 de Abril de 2016 en el Partido de Bragado se ha constituido la A.M.U.B (Asociación de Músicxs de Bragado) con el objetivo de promover, fomentar y estimular la actividad musical en el Partido de Bragado.

Que la vigencia de la citada Ley Nº 26.801 facilitará el desarrollo de la música en vivo en espacios convencionales y no convencionales con acceso del público, permitiendo también habilitar un circuito para intérpretes vocacionales;

Que los músicxs, intérpretes y agrupaciones musicales bragadenses hasta el momento han trabajado sólo en virtud del esfuerzo personal, por lo que ampararse bajo el paraguas de esta Ley Nº 26.801 será beneficioso para el crecimiento profesional.


ORDENANZA


Artículo 1º.- ADHIERASE a la Ley Nº 26.801 de creación del Instituto Nacional de la Música (INAMU) sancionada con fecha 28 de Noviembre de 2012 por el Senado y la Cámara de Diputados de la Nación, que tiene como objeto el fomento de la actividad musical en general y la nacional en particular.

Artículo 2º.- Créase el Registro Único de Músicxs y Agrupaciones Musicales de Bragado siendo este un Registro de carácter Público y Local para la promoción y el fomento de la música Bragadense, con el objetivo de brindar el asesoramiento y la asistencia para el acceso a programas de capacitación, subsidios, créditos, la participación en espectáculos públicos y privados y el goce de todos los estímulos previstos en la citada Ley.

Artículo 3°.- Asígnese a la Dirección de Cultura de la Municipalidad de Bragado la responsabilidad de articular, gestionar, convocar y registrar a los Músicxs y Agrupaciones Musicales de Bragado al instrumento propuesto.

Artículo 4°.- Articúlese y Coordínese la convocatoria para el proceso de inscripción al Registro de Músicxs y Agrupaciones Musicales de Bragado en conjunto con las instituciones representativas de los Músicxs bragadenses y posteriormente con el Instituto Nacional de la Música (INAMU) con el objetivo de intercambiar información, asesorar a los músicxs y realizar el cruzamiento de datos con el Registro Único Nacional de Músicxs y Agrupaciones Musicales a fin de agilizar el proceso de inscripción entre el ámbito local y el nacional.

Artículo 5º.- Incorpórese como ANEXO I el formulario de REGISTRO ÚNICO DE MÚSICXS Y AGRUPACIONES MUSICALES DE BRAGADO.

Artículo 6º.- Remítase copia de la presente Resolución a las Honorables Cámaras de Diputados y Senadores de la Nación y al Ministerio de Cultura de la Nación.