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Bragado, Buenos Aires   
Política  Miercoles 11 de Julio del 2018 - 15:45 hs.                1788
  Política   11.07.2018 - 15:45   
El concejal Marini quiere que el Municipio se haga cargo de la emergencia económica de los bomberos
El concejal de Unidad Ciudadana es autor de un proyecto donde solicita al Ejecutivo de Bragado que se haga cargo de los importes en los servicios de los cuarteles de bomberos en Bragado, Obrien, Mechita y Comodoro Py
El concejal Marini quiere que el Municipio se haga cargo de la emergencia económica de los bomberos

Tras la emergencia económica dada a conocer por los bomberos de todo el país debido a la demora en el pago de los aportes que provienen de las pólizas de seguros para mantener la operatividad de las instituciones, el concejal de Unidad Ciudadana, Germán Marini es autor de un Proyecto de Resolución donde solicita al  Ejecutivo de Bragado que se haga cargo de los importes de los servicios de Luz Eléctrica; Agua Corriente, Gas, Teléfono e Internet a las Asociaciones de Bomberos Voluntarios del partido

El proyecto presentado dice lo siguiente:

VISTO:

 Que los Bomberos Voluntarios de todo el país se declararon en estado de alerta y afirmaron que el gobierno nacional les adeuda alrededor de 800 millones de pesos en concepto de subsidios, lo que genera importantes complicaciones para el funcionamiento de los cuarteles, así como la compra de equipamiento y la capacitación de los servidores públicos,

 Que El Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios denuncia que de su partida sacaron un total de $ 637.510.548,00; a lo que se le suma la pérdida del Excedente de Recaudación del año anterior por un total de $ 147.396.108,00; lo que fue pedido oportunamente y reiterado en este año,

 Que en lo particular las Asociaciones de Bomberos Voluntarios del Partido de Bragado habilitadas a cobrar el subsidios Nacional otorgado por Ley, ven reducido el importe a cobrar estipulado para el cobro de este año de a cuerdo a lo recaudado que se ha calculado en 500 mil pesos menos aproximadamente y ademas de no cobraran  el remanente de la recaudación anterior que hasta el año pasado se repartía entre los cuarteles habilitados a cobrar calculado en 300 mil pesos menos aproximadamente, en definitiva una quita que ronda los 800 mil pesos por cada una de las Asociaciones de Bomberos Voluntarios de Bragado.

CONSIDERANDO:

 Que  la Ley Provincial 10917, con las modificaciones introducidas por Ley 12738 que regula la organización y funcionamiento de las Asociaciones de Bomberos Voluntarios y sus respectivos Cuerpos Activos.;

 Que dicha Ley en su Articulo 3º reconoce el carácter de Servicio Público a las actividades específicas de los Cuerpos Activos de las Asociaciones de Bomberos Voluntarios, en todo el ámbito de la Provincia.;

Que dicha Ley en su Articulo 6º reglamenta que Las Asociaciones de Bomberos Voluntarios deberán constituirse como personas jurídicas de bien público sin fines de lucro, ;

 Que dicha Ley en su Articulo 10º reglamenta que Los servicios prestados por los Cuerpos activos de Bomberos Voluntarios serán gratuitos;

 Que en su articulo 12º,(Texto según Ley 12738), Las Asociaciones de Bomberos Voluntarios estarán exentas de impuestos, tasas, contribuciones y sellados provinciales, como así también del pago de tarifas de servicios públicos prestados por la Provincia de Buenos Aires.

 Que en su articulo 12º,(Texto según Ley 12738), se invita a las Municipalidades a adoptar idéntica disposición con los gravámenes que fueran de su incumbencia,

                                                      Que los Bomberos Voluntarios cumplen una tarea en la sociedad de alto valor, arriesgando sus vidas para salvar la de otros y/o sus bienes, que lo hacen de manera gratuita y desinteresada,

POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE:

RESOLUCIÓN  Nº

ARTÍCULO 1º.- SOLICITASE Al Departamento Ejecutivo asumir por parte del Estado Municipal, los importes a abonar de los Servicios de Luz Eléctrica; Agua Corriente, Gas, Teléfono e Internet a las Asociaciones de Bomberos Voluntarios del Partido de Bragado;

ARTÍCULO 2º. – FACULTASE Al Departamento Ejecutivo a designar del área que crea correspondiente la partida presupuestaria para el pago de los mencionados servicios y los mecanismos para efectuar dichos pagos.



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