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Provinciales  Miercoles 27 de Abril del 2022 - 08:00 hs.                788
  Provinciales   27.04.2022 - 08:00   
TRANSITO
El proyecto de Ley de Alcohol Cero ingresó a la legislatura bonaerense
La tolerancia cero al alcohol rige como ordenanza en el partido de Bragado
El proyecto de Ley de Alcohol Cero ingresó a la legislatura bonaerense

Entró a la Honorable Cámara de Diputados bonaerense, el proyecto de ley que prevé la modificación de la Ley 13.927 del Código de Tránsito, estableciendo la tolerancia cero de alcohol en sangre para la conducción de vehículos.


El proyecto de ley fue impulsado por el Ministro de Transporte de la Provincia de Buenos Aires, Jorge D’Onofrio, debido a que «el alcohol disminuye no solo reflejos sino también fines inhibitorios, esa sensación de euforia y de que se puede hacer todo, que son elementos que causan desgracias vinculadas a la alcoholemia».


Actualmente el límite es de 0,5% de alcohol en sangre y esta iniciativa prevé la modificación de la Ley 13.927 del Código de Tránsito, estableciendo la tolerancia cero de alcohol en sangre para la conducción de vehículos.


La misma establece la prohibición de conducir «cualquier tipo de vehículo con motor con impedimentos físicos o psíquicos, sin la licencia especial correspondiente, habiendo consumido estupefacientes o medicamentos que disminuyan la aptitud para conducir o con una concentración de alcohol superior a cero (O) miligramos de alcohol».


¿Cuáles serán las multas por el incumplimiento? El arresto; la retención de la licencia e inhabilitación para conducir que va desde los tres meses para quienes posean alcoholemia superior a 0 y hasta los 0,49 miligramos por litro de sangre, seis meses para conductores/as que tengan entre 0,5 y 0,99 de alcohol en el organismo, un año de inhabilitación para conducir para quienes superen el 1% y lleguen hasta el 1,5% y dieciocho meses para el infractor o la infractora cuya cifra sea mayor al 1,5% de alcohol en sangre; afrontar una multa; la obligación de concurrir a cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública, como alternativa a la multa, y en caso de incumplir con el pago de la multa, esta triplicará su valor; y finalmente, el «decomiso de los elementos cuya comercialización, uso o transporte en los vehículos esté expresamente prohibido».


«No estamos proponiendo a nadie que cambie sus costumbres. Lo que tiene que cambiar es el momento después, la logística de volver a casa: caminando, con transporte público o con conductor designado, pero nunca más con alcohol al volante», aclaró el Ministro.


La siniestralidad vial es la primera causa de muerte en personas menores de 35 años y el alcohol está presente en 1 de cada 4 siniestros viales.


La tolerancia cero al alcohol rige como ley en las provincias de Córdoba, Entre Ríos, Jujuy, Río Negro, Salta, Santa Cruz, Tierra del Fuego y Tucumán; como ordenanza municipal en los partidos bonaerenses de Gral. Pueyrredon, Moreno, Tigre, Ezeiza, Bragado y Gral. Rodríguez; y en las ciudades del interior del país de: Posadas y Garupá (Misiones), Neuquén Capital, Pueblo Esther, Reconquista, Rosario y Santa Fe (Santa Fe)


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