Jueves, 25 Abril 2024
Bragado, Buenos Aires   
Locales  Martes 12 de Enero del 2021 - 10:56 hs.                2108
  Locales   12.01.2021 - 10:56   
Proponen crear una comisión investigadora del sistema sanitario local
Se trata de un proyecto de Acción para el Desarrollo y Unión Pro, que estaría integrado solo por concejales
Proponen crear una comisión investigadora del sistema sanitario local

Lo que deja la pandemia no queda en cifras, sino que ahora está la firme idea de crear una comisión investigadora del sistema sanitario local.

Este es un proyecto que llevan adelante Acción para el Desarrollo y Unión Pro, que solo tendría la participación de concejales.

Para conocer más sobre esta propuesta, Radio Fiesta se comunicó hoy con la edil Daniela Monzón, una de las autoras de la propuesta.

Respecto del porqué de esta comisión, mencionó las “obras que se anuncian y no se terminan”, quejas por mala atención y reclamos salariales.

También aclaro de qué manera los ediles llevarían adelante las investigaciones en diferentes áreas del sistema.

Por último, Monzón hizo foco en sus dichos sobre las muertes por falta de oxígeno en el hospital "San Luis".

ESCUCHÁ LA NOTA  

HONORABLE  CONCEJO  DELIBERANTE

BRAGADO


                                                                                          Bragado, 6 de Enero de 2021.- 


AUTORES: Bloque Unión PRO  y Acción para el Desarrollo en Juntos por el Cambio.-


Proyecto de DECRETO Ref* Créase una Comisión Especial en los términos del artículo 93 del Reglamento Interno

 VISTO:

Que a raíz de la situación de pandemia desatada por la propagación del virus COVID-19 el Departamento Ejecutivo mediante Decreto 241/20 declaró la emergencia sanitaria en todo el partido de Bragado y


CONSIDERANDO:

Que a raíz de esta situación excepcional, el Intendente Municipal instruyó a la Secretaría de Políticas Públicas de Salud que adopte todas las medidas necesarias y/o de reorganización del personal que la situación de emergencia amerite para cubrir eficientemente la prestación del servicio de salud, pudiendo suspender licencias, contratar personal de manera excepcional y cuanta medida fuese necesaria. 

Que desde lo presupuestario, autorizó a que todos los requerimientos de equipamiento e insumos necesarios, puedan resolverse de manera especial entre otras medidas.

Que esta situación excepcional, además de las dificultades afrontadas a lo largo del año 2020, colocaron al sistema de la salud municipal en el principal y único centro de atención de la pandemia que atravesamos.

Que por la situación expuesta, existió un gran involucramiento de la sociedad civil y sanitaria, generando acciones puntuales para afrontar necesidades de infraestructura, insumos, recursos humanos y logísticos, como así también un importante estado de opinión. 

Que en la actualidad, transcurrido más de un año de la aparición de la enfermedad en nuestro país, la preocupación sobre la capacidad de respuesta del sistema de salud de nuestro Municipio sigue existiendo, como así también el consenso en cuanto a que resultará inevitable un mayor rebrote de la enfermedad y consecuentemente, sobre la importancia estratégica de que el sistema de salud de nuestro territorio se encuentre equipado con infraestructura, insumos, recurso humano óptimo. 

Que asimismo, resulta insoslayable reconocer que existe discrepancia entre la comunidad médica, personal sanitario, vecinos, dirigentes políticos y sociales en cuanto a la forma en que se afrontaron los momentos más críticos de la pandemia como así también, a la corrección de esas deficiencias que existieron en los momentos más críticos. 

Que entre dichos antecedentes se encuentra el informe público realizado por la Asociación Sindical de Profesionales de la Salud de la Provincia de Buenos Aires, integrada por profesionales médicos que prestan sus servicios en el Hospital Municipal San Luis, el reconocimiento efectuado por el Sr. 

Defensor del Pueblo de Bragado quien reconoció en una entrevista periodística que existían denuncias respecto de la deficiencia en la prestación del servicio de salud del Hospital Municipal San Luis, publicaciones en medios virtuales por vecinos que refieren haber sido atendidos en su persona y/o de un familiar de manera deficiente, opiniones de actores políticos y de un referente e integrante del equipo de salud mental del Hospital Municipal, entre otros. 

Que los Concejos Deliberantes poseen facultades y obligaciones directas e indirectas en todo aquello que tenga que ver con la sanidad y salubridad de la sociedad.

Que el artículo 25 de la LOM establece que “las ordenanzas deberán responder a los conceptos de …sanidad.

Que el artículo 27 a) de la LOM establece en su inc. 8 que corresponde a la función deliberativa municipal reglamentar: “Las condiciones de higiene y salubridad que deben reunir los sitios públicos, …  y en el inc. 9 “La instalación y funcionamiento de establecimientos sanitarios y asistenciales..” e inc. 24 “La construcción, ampliación, modificación, reparación de edificios públicos…”.

Que el artículo 27 b) establece que corresponde al Concejo Deliberante establecer inc 1° “Hospital, maternidades, salas de primeros auxilios, servicios de ambulancias médicas. 

Que el artículo 52 inc. f establece que “Corresponde al Concejo Deliberante disponer la prestación de servicios públicos …tendiente a satisfacer necesidades colectivas de carácter local..”

Que por todo lo expuesto, el Concejo Deliberante debe redoblar su involucramiento y estado de opinión ante la situación sanitaria de Bragado, con una participación directa en las problemática de salud, ya sea para acompañar y respaldar las decisiones que se tomen por el Ejecutivo Municipal en materia de salud, despejar las dudas que se pueden plantear de distintos sectores de la sociedad y en todo caso proponer acciones de corrección y mejora en materia de salud. 


POR ELLO, EL CONCEJO DELIBERANTE ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE: 


                                                             DECRETO


ARTICULO 1°.- Créase una Comisión Especial en los términos del artículo 93 del Reglamento Interno la que se denominará: “Comisión Investigadora del Sistema Sanitario de Bragado”.


ARTICULO 2°.- La Comisión estará constituida por una representación de cada uno de los Bloques Políticos que integran el Concejo Deliberante de Bragado.

En su reunión constitutiva se designará un Presidente y un Secretario, en los términos del artículo 88 del Reglamento Interno con las facultades que establecen los artículos 89 y 90 que reglamenta las Comisiones Permanentes.


ARTICULO 3°.- La Comisión tendrá como misión reunir y recabar antecedentes, información y documentación sobre el funcionamiento del sistema de salud del partido de Bragado.

 

ARTICULO 4°.- Serán funciones y competencias de la Comisión:

1. Acceder a la totalidad de la documentación obrante en el Ejecutivo Municipal relacionado con dicho programa. Requerir datos informes en los términos del Art. Nº 101) del Reglamento Interno.-

2. Convocar a los funcionarios del Departamento Ejecutivo y particulares que considerare necesario para su cometido.-

3. Realizar las inspecciones y constataciones  oculares pudiendo constituirse en los ámbitos públicos que considerare para el cumplimiento de su cometido.-.

4. Convocar las reuniones públicas que considerare en los términos del Art. Nº 100º) del Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante.-

5. Analizar el uso de los recursos económicos cualquiera sea su origen que se hubiesen dispuesto en el año 2020, como así también los que se dispusieran durante la existencia de la presente Comisión.

6. Toda otra que haga las misiones y funciones que le acuerda el presente Decreto.-


ARTICULO 5°.- La Comisión producirá un informe final dirigido al Concejo en el que hará una relación de los antecedentes y aconsejará las resoluciones que estimare por parte del Honorable Cuerpo. En caso de opiniones divididas de sus miembros se procederá conforme al artículo 103 del Reglamento Interno.


ARTICULO 6°.- La Comisión deberá expedirse en el plazo de 90 días, pudiendo ser el mismo prorrogado por 30 más. 


ARTICULO 7°.- De forma.-





AUDIO DE LA NOTA:


COMENTÁ LA NOTA
Los comentarios realizados son de exclusiva responsabilidad de sus autores. Evitar comentarios ofensivos o que no respondan al tema abordado en la información.