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Bragado, Buenos Aires   
Locales  Miercoles 17 de Marzo del 2021 - 10:16 hs.                1559
  Locales   17.03.2021 - 10:16   
Violencia familiar y de género: el rol del Juzgado de Paz
La Dra. Andrea Pérez precisó el procedimiento para ayudar a la víctima
Violencia familiar y de género: el rol del Juzgado de Paz

La violencia familiar y de género es una problemática social compleja que, en Argentina y en el mundo, tuvo un crecimiento exponencial.

Sobre esto hizo foco la Dra. Andrea Pérez, responsable del Juzgado de Paz, a través de una reflexión llevada al texto.

Y apuntó que son claves la justicia, el "accionar conjunto, complementario y simultáneo de otros órganos del Estado en sus tres poderes", y "otras instancias y espacios sociales".

Asimismo, resaltó que la ley provincial de Protección contra la Violencia Familiar "regula el procedimiento y las medidas a adoptarse con ese objetivo".

"La competencia para intervenir desde la justicia le es asignada básicamente –aunque no exclusivamente- a los Juzgados de Familia y a los Juzgados de Paz. También tiene intervención la Justicia Penal", indicó.

Cómo es el procedimiento

* Las medidas de protección tienen el carácter de urgente y provisorias, es decir se pueden modificar  y tienen un plazo determinado de duración y en caso de que la violencia continúe, a pedido de la víctima,  se puede extender en el tiempo.

* La denuncia se puede realizar en la Comisaría de la Mujer y la Familia y/o en cualquier otra dependencia policial; o bien en el Juzgado de Paz. Y puede realizarla la víctima o cualquier persona u organismo que haya tomado conocimiento de los hechos de violencia, también puede hacerse en forma anónima.

* Recibida la denuncia, el juez debe resolver qué tipo de medidas adoptará, según la particularidad de cada  caso. Pueden ser, entre otras: Exclusión del hogar, prohibición de acercamiento, cese de actos de perturbación, reintegro del hogar, alimentos, cuidado personal, régimen de comunicación, restitución de efectos personales , entre otras.

* La víctima tiene derecho a contar con un Defensor oficial ad.hoc (abogado gratuito)

* Al momento de adoptar medidas como así también durante la vigencia de las mismas, los Juzgados, además del trabajo que realiza el Equipo Técnico del Juzgado (cuando cuentan con Equipo conformado), mantienen comunicación con diferentes organismos estatales provinciales y municipales especializados en la problemática y con el Equipo Técnico de Comisaría de la Mujer, para llevar acciones conjuntas y coordinadas que refuercen la efectividad de las medidas.

* El incumplimiento de las medidas por parte del denunciado (desobediencia) es un delito y, por lo tanto, de competencia de la Justicia Penal. Los Juzgados de Paz no tienen facultades para tomar medidas de detención de la persona. Se informa a la Fiscalía de turno que es a quien le corresponde intervenir.

Esta comunicación a las Fiscalías es prácticamente inmediata, y en muchos casos las Juezas y los Jueces de Paz toman contacto telefónico con el Ayudante Fiscal de su ciudad o con el propio Fiscal para ponerlo al tanto de las características de cada caso.

Además de eso, las Juezas y Jueces de Paz ordenan a la Policía del lugar el seguimiento periódico (custodia dinámica o rondín policial), o en los casos más graves y urgentes una custodia fija.

* La provisión de botón antipánico u otros dispositivos de control la ordena el Juez de Paz pero los dispositivos los provee el Municipio y el Ministerio de Seguridad.




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